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De la compra de un pueblo en La Rioja a la reforma de Milei: la historia detrás de la Ley de Tierras

El Congreso se prepara para debatir la reforma impulsada por el Ejecutivo nacional que busca eliminar los límites a la venta de campos a extranjeros, reabriendo una controversia histórica.

De la compra de un pueblo en La Rioja a la reforma de Milei: la historia detrás de la Ley de Tierras

El Congreso se prepara para debatir la reforma impulsada por el Ejecutivo nacional que busca eliminar los límites a la venta de campos a extranjeros, reabriendo una controversia histórica.

En el marco del proyecto denominado de “inviolabilidad de la propiedad privada”, el Congreso de la Nación volverá a discutir los alcances de la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales. La iniciativa impulsada por el presidente Javier Milei, junto a los ministros Luis Caputo y Federico Sturzenegger, busca derrogar o flexibilizar los límites vigentes para la compra de campos por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras.

El origen de la legislación actual se remonta a una serie de episodios controversiales ocurridos tras la crisis financiera internacional de 2008, entre los que se destaca el escándalo por la venta de 200.000 hectáreas en la provincia de La Rioja.

Valle Hermoso, en La Rioja

El caso que impulsó la restricción territorial

En 2008, el ciudadano estadounidense Yosef Jaim Libersohn, dedicado a la comercialización de alimentos kosher, concretó la compra de una extensión territorial de 200.000 hectáreas en la zona de Valle Hermoso, La Rioja, por un monto de 650.000 dólares. La operación, realizada en una escribanía de la Ciudad de Buenos Aires, no solo abarcaba parcelas aptas para el cultivo y la minería, sino que incluía poblados enteros, infraestructura pública como escuelas e iglesias, y una de las reservas de agua dulce más relevantes de la región en zona de frontera.

Tras la difusión pública del caso a través de informes periodísticos, el Ministerio del Interior, conducido en ese momento por Florencio Randazzo, intervino para suspender la transacción por considerar que presentaba serias irregularidades administrativas y legales. El comprador inició posteriormente reclamos ante organismos internacionales como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y los tribunales federales de Nueva York, planteos que finalmente no prosperaron.

El antecedente riojano, sumado al fenómeno global conocido como land grabbing (acaparamiento de tierras por parte de fondos soberanos y corporaciones transnacionales), derivó en el envío de un proyecto de ley al Parlamento por parte de la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner. La normativa, aprobada en diciembre de 2011 con un amplio consenso político, estableció topes estrictos:

  • 15% máximo de la superficie rural nacional y provincial en manos de titulares extranjeros.
  • Un límite de 1.000 hectáreas por titular en la zona núcleo agrícola (o su equivalente según la región).
  • La prohibición explícita de vender tierras que contengan o lindes con cuerpos de agua estratégicos o zonas de frontera.

Los antecedentes judiciales y la iniciativa parlamentaria

El primer intento de la actual administración nacional por dejar sin efecto la Ley de Tierras se instrumentó a través del DNU 70/2023. Sin embargo, en enero de 2024, el juez federal Ernesto Kreplak dictó una medida cautelar solicitada por el Centro de Ex-Combatientes Islas Malvinas (CECIM), fallo que fue confirmado en marzo por la Cámara Federal de La Plata. La causa se encuentra actualmente radicada en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Frente a la traba judicial, el Poder Ejecutivo resolvió enviar el debate al ámbito legislativo dentro del paquete de medidas de desregulación económica. Mientras los defensores de la reforma sostienen que la eliminación de trabas fomentará la llegada de inversiones extranjeras y garantizará la libre disponibilidad de la propiedad, sectores de la oposición y especialistas ambientales advierten sobre los riesgos vinculados a la pérdida de soberanía sobre recursos naturales y hídricos estratégicos.

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